“El ciudadano tiene la visión del fiscal como el acusador neto” - Asesoría Laboral Barcelona

Asesoría Laboral Barcelona : Sección Noticias : El fiscal interviene en muchos ámbitos de la justicia: el penal, el civil, el laboral o el contencioso administrativo. Sin embargo, la gente tiene por norma general un gran desconocimiento de sus funciones, identificándole como el "acusador neto" en un juicio penal. Francisco García Cantero, decano fiscal de jerez, figura encargada de coordinar todas las especialidades, admite que le gustaría que se conocieran más sus funciones "aunque sea para criticarlas".

—¿Cuál cree que es la visión que tienen los ciudadanos sobre la administración fiscal?

—Creo que el ciudadano tiene la visión del fiscal como el acusador neto, de la persona que pide la condena de otra en un juicio penal. Pero nuestra función es mucho más amplia. Intervenimos en el tema de menores, violencia de género, protección de la familia e incluso, sorprendentemente, en algunos casos del ámbito penal hemos pedido absoluciones. Algún compañero mío ha hecho un estudio histórico sobre las funciones del ministerio fiscal y es curioso porque hay determinadas figuras, como es la del Defensor del Pueblo, cuyo antecedente en el derecho español era el ministerio fiscal, es decir, que muchas de las funciones que en la actualidad tiene el Defensor del Pueblo, en otra época eran la de los fiscales. Pero en general puedo decir que hay un gran desconocimiento sobre la figura del fiscal y en general de la administración de justicia y nos gustaría que la gente conociera más cuáles son nuestras funciones, tanto para lo bueno, como para lo m alo.

—Entonces, ¿cree que la gente hace un mal uso de la administración de justicia a causa de ese desconocimiento?

—Sobre los problemas de la administración de justicia y sobre la justicia en general, en parte sí es por ese desconocimiento, y en parte por una serie de prejuicios que tienen una base histórica. Lógicamente, la justicia está para resolver un conflicto de surge en la sociedad, nadie acude a un tribunal para decir que su vecino es una gran persona, sino para ponerle una demanda. Pero quizá, el prejuicio que se tiene obedece a que siempre ha habido una concepción de la justicia muy pleitista, es decir, la primera solución frente al conflicto siempre ha sido la demanda y el juicio, además, llevado hasta el final, en todas las instancias. Frente a eso, la mayoría de los despachos en el extranjero, en primer lugar el ciudadano va a una asesoría, donde se le guía para evitar el conflicto. En España no es común acudir a un despacho para, simplemente, el asesoramiento. Otro fallo es que aquí tampoco existe la mediación. Esto es que, una vez producido e l conflicto, los abogados de ambas partes se pongan de acuerdo para llegar a un término medio. Es más, en el ámbito penal, aquí no está bien visto la negociación de las partes, mientras que en el 90% de los casos penales de cierta importancia en Estados Unidos, o Reino Unido, se hace.

—Ha hablado del tema de la protección de menores, quizá en este ámbito hay una visión un poco negativa de lo que es la figura del fiscal al ser el que determina el quitar la tutela de los niños a los padres, ¿no cree?

—Los fiscales siempre están al servicio de los menos favorecidos, y en este caso, son los menores. La posibilidad de que la Administración Pública asumiera la decisión administrativa de la tutela de menores apareció en el año 87. Yo viví los primeros momentos de la nueva configuración, porque anteriormente, únicamente se intervenía cuando no había padres o eran desconocidos. Y cuando eso cambió fue un tema controvertido porque se pensó que la Administración asumía poderes que eran demasiado extensos. Además chocaba con la mentalidad de la época de que muchos padres decían "mi hijo es mío y puedo hacer con él lo que estime oportuno". Pero la verdadera configuración de la patria potestad se configura en beneficio del menor, y son derechos que se le atribuyen a los padres porque se considera que los hijos, por su madurez o condiciones físicas, son incapaces de hacerlo por sí mismos. ¿Qué ocurre cuando es notorio que los padres no están actuando en beneficio de los hijos? Se abre la posibilidad de que las administraciones públicas puedan intervenir, suspender el ejercicio de la patria potestad y entonces asume la administración, provisionalmente, la tutela sobre los menores, que normalmente se atribuye a una familia acogedora. Pero si se eliminasen esos motivos por los que se ha retirado la patria potestad, el menor volvería con sus padres.

—Se habla mucho de la discriminación de la mujer en el trabajo, ¿cómo se lleva eso en la administración fiscal?

—Es interesante porque la mayoría de los casos en los que intervine en el ámbito civil, fue sobre todo de despidos discriminatorios, fundamentalmente por razón de sexos. Hay una problemática sobre esto porque muchas trabajadores, en el momento en que se casan y se quedan embarazadas, la ley les atribuye una serie de derechos: embarazo, lactancia... y algunas empresas consideran que eso les perjudica. Entonces, en determinados casos, puede existir la tentación de forzar despidos para evitar tener la empresa que costear esos derechos de las trabajadoras. Yo tuve bastantes casos en los que se invocaba, por parte de la trabajadora, la vulneración del derecho fundamental y muchas veces se le daba la razón a ella. Pero las empresas también alegaban que la protección a la maternidad debería ser costeado por la sociedad en su conjunto, por el Estado, y no por la empresa. Y es ahí cuando surge el debate sobre quién debería asumir el coste de la protecci ón a la maternidad: la empresa o la propia sociedad.

—Usted ha vivido también el proceso de cambio de legislatura sobre la violencia de la mujer ¿cuál ha sido la evolución?

—En principio fue una verdadera avalancha lo que se nos vino encima. Yo creo que el legislador no tuvo en cuenta lo que podía significar la protección integral de la violencia sobre la mujer, porque se llevan tanto la protección penal como la civil. Fue sorprendente porque hubo muchísimas denuncias, sobre todo en los primeros tiempos. Creo que al menos en los dos primeros años, más de la mitad de los detenidos en el partido judicial de Jerez era por tema de violencia de género. Posiblemente eso ocurrió porque, al verse las mujeres maltratadas durante muchos años con la posibilidad de acudir a los tribunales y no quedar desamparadas frente al maltratador (porque en muchos casos dependían económicamente de ellos) se animaron a denunciar. No es que la protección frente a la violencia de género aparezca con la ley de 2004, ya existían normas anteriores. Pero con esta ley se dio un tratamiento unificado e integral en un mismo juzgado. En este sentid o, quizás no se compensó adecuadamente al juzgado de instrucción número dos porque llevaba al mismo tiempo violencia de género y el resto de competencias en el ámbito penal. En la actualidad hay un juzgado que se dedica en exclusiva a la problemática de violencia de género, que anda bastante encauzada, aunque, lógicamente, esa avalancha de denuncias que hubo en un primer momento ha ido aminorando.

—¿Qué visión daría de la problemática?

—La violencia de la mujer es una temática bastante amplia y quizá, el único reparo que habría que poner a la ley de 2004 es que la visión que dan del problema es unidireccional. La ley parte de la base de que la violencia sobre la mujer procede de una relación conflictiva entre el hombre y la mujer en el matrimonio e, incluso, de una situación ancestral de dominio del hombre sobre la mujer, que se agrava cuando en la modernidad se reconoce una igualdad de derechos que se intenta eludir a través de la violencia. Yo creo que el caso es mucho más complejo. En los casos que he visto yo de la violencia sobre la mujer, ha habido detrás de esa violencia alcoholismo, adicción a la cocaína y, en otros casos, determinados desequilibrios mentales, que se han plasmado en la violencia sobre la persona más cercana, que es la pareja. Ha habido otros casos, también curiosos, en denuncias de parejas muy mayores, de ancianos. Y cuando examinabas el caso te dabas cuenta que eran casos de personas que vivían solas y que estaban aquejados de demencia senil, que se traducía en agresividad hacia la persona más cercana. Pero una problemática muy preocupante es la violencia de género es parejas muy jóvenes. Novios que ni siquiera conviven juntos y que, por lo tanto, no tienen los problemas económicos o de familia y donde, sin embargo, había una violencia inusitada. Eso se debe al incremento de violencia en los menores.

Fuente: Andaluciainformacion.es

Editado por: Asesoría Laboral Barcelona

No hay comentarios:

Publicar un comentario