READMISIÓN A UNA MUJER DESPEDIDA TRAS SU BAJA POR MATERNIDAD
Un juez ha obligado a una empresa a indemnizar a una extrabajadora con dos anualidades de salario más el pago de las nóminas dejadas de percibir durante este tiempo por una "vulneración de los derechos fundamentales vinculados a la maternidad".
La mujer, S.A.B, madre de dos menores, trabajaba como teleoperadora en la campaña de atención telefónica de una agencia de seguros, y fue despedida "por bajo rendimiento" tras haber solicitado una reducción de jornada para poder atender a sus dos hijos, según un comunicado la Asociación Nacional para la Defensa Efectiva del Trabajador (ANDET).
La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, ha declarado dicho despido nulo y ha condenado a la empresa, dedicada a la intermediación financiera, a readmitir a la empleada.
El juez ha considerado que el despido de la trabajadora estaba "claramente vinculado a la maternidad y a la condición de mujer" y que, por tanto, la conducta de la empresa demandada ha sido "dolosamente vulneradora de los derechos fundamentales" vinculados a la conciliación de la vida familiar.
De acuerdo al magistrado, esta "indemnización ejemplar" se debe a la gravedad del daño y la imposibilidad de su reparación, "ya que los hijos de la demandada nunca volverán a tener la edad que tenían al tiempo de solicitar la reducción de jornada".


Fuente: http://www.abc.es/
LAS CUALIDADES QUE PIDEN LAS EMPRESAS A LA HORA DE CONTRATAR JÓVENES
Las empresas domésticas y multinacionales no encuentran lo que buscan cuando intentan contratar a un joven desempleado español,pese a que lamentablemente existe una amplia oferta de candidatos (la tasa de desempleo juvenil se encuentra en el 55,06%, con 889.300 jóvenes parados, según las últimas cifras de la EPA). Esta conclusión se desprende de un reciente informe elaborado por la empresa de Recursos Humanos Adecco, en el marco de la iniciativa Observatorio de la Innovación en el empleo.
Pero, ¿qué es lo que buscan las empresas para contratar a sus trabajadores más junior? El informe -sobre el que ya escribimos cuando se publicó algunas semanas- aporta algunas pistas en este sentido.
En cuanto a los conocimientos específicos se trata de "conocimientos teóricos relativos a la formación recibida y a las funciones que tendrán que desarrollar en el ámbito profesional". Además de los conocimientos propios de la disciplina en cuestión (ingeniería, medicina o el campo que sea), se tienen en cuenta los idiomas (el inglés de negocios es básico según el empleo), la informática (en especial programas relacionados con la actividad) y los cursos complementarios (sobre todo, la formación de postgrado y los masters). No obstante, si bien este apartado es fundamental, desde Adecco creen que "los universitarios le otorgan más importancia" a este apartado "que las empresas", en detrimento de las dos demandas siguientes.
En cuanto a la experiencia las empresas valoran muy positivamente cualquier contacto previo con el mundo laboral, "esté o no relacionado con la naturaleza de la formación recibida", según el informe. En ese sentido, los periodos de prácticas en empresas son fundamentales, pues "sirven para reducir el GAP entre el mundo universitario y el laboral, aportan experiencia y permiten al estudiante familiarizarse con el ritmo de trabajo, la disciplina", etc. Asimismo, "es una forma de conocer las salidas que más/menos interesan y poder enfocar la formación con más anticipación".
Por lo que trata a las competencias transversales son las capacidades o habilidades personales de los candidatos, independientes de su formación teórica y que son aplicables a cualquier ámbito de la vida. Por ejemplo: capacidad de trabajo en equipo, empatía, enfoque al cliente, capacidad de trabajo en situaciones de estrés, capacidad de hablar en público, capacidad de negociación, habilidades directivas, etc. Esta categoría de competencias es la que menos importancia recibe por parte de los jóvenes demandantes de empleo, pero no ocurre así por parte de las empresas, que las valoran incluso por encima de los conocimientos específicos como el inglés o la informática.
Según el informe, las competencias que más valoran las empresas en los jóvenes candidatos a un puesto de trabajo son las que cubren las dos dimensiones del individuo: personalidad y actitudes individuales (como iniciativa y motivación) y las habilidades sociales (trabajo en equipo y resolución de conflictos).
ASÍ SE CALCULARÁ LA PENSIÓN DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL 

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este fin de semana la Ley de protección de los trabajadores a tiempo parcial que regula algunos aspectos de las cotizaciones a la Seguridad Social de estos empleados, en concreto, cuestiones que afectan al cálculo de los períodos de cotización necesarios para acceder a las correspondientes prestaciones para estos trabajadores.
De esta forma, según la normativa, se seguirá exigiendo 15 años en alta a la Seguridad Social, pero no se exigirá que el tiempo cotizado de forma efectiva se equipare a 15 años a jornada completa, tal y como señaló una reciente sentencia del Tribunal Constitucional.
Para acreditar los períodos de cotización necesarios, se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos. Hasta ahora, era necesario acreditar el equivalente a 15 años trabajados a jornada completa, lo que implicaba cotizar durante muchos más años a jornada parcial para cumplirlo. A partir de ahora, una vez acreditados los citados 15 años de alta en el sistema, se les aplicará un nuevo coeficiente de parcialidad, que viene determinado por el porcentaje de la jornada realizada a tiempo parcial respecto de la jornada realizada por un trabajador a tiempo completo comparable. De esta forma, el período mínimo de cotización exigido a los trabajadores a tiempo parcial será el resultado de aplicar al período regulado con carácter general el citado coeficiente.
La base reguladora para el cálculo será la misma que para el resto de trabajadores: el promedio de las bases de los últimos 16 años cotizados para los que se jubilen en 2013. Según el texto de la Ley General de la Seguridad Social, la base reguladora de las prestaciones de jubilación e incapacidad permanente "se calculará conforme a la regla general". Para la prestación por maternidad y por paternidad, la base reguladora diaria "será el resultado de dividir la suma de bases de cotización acreditadas en la empresa durante el año anterior a la fecha del hecho causante entre 365".


Fuente: http://cincodias.com/
Los empresarios solo pagarán 100 euros de cuotas al mes por los nuevos fijos
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció una importante rebaja de cotizaciones para las nuevas contrataciones indefinidas.
En concreto, con efectos a fecha de hoy mismo, se aplicará una tarifa plana de 100 euros mensuales en las cotizaciones por contingencias comunes que los empresarios pagan a la Seguridad Social cuando contraten a cualquier nuevo trabajador de forma indefinida, independientemente de su edad.
Solo habrá dos condiciones para disfrutar de esta rebaja: la primera es que dichas contrataciones supongan aumentar la plantilla en términos netos. Esto evitará que el empresario pueda despedir a unos para contratar más barato a otros. Y la segunda, que estén contratados al menos tres años.
Así, la tarifa plana se aplicará durante 24 meses, pero si a lo largo de estos dos primeros años o en el tercer año de contratación se produjera el despido del trabajador bonificado, el empresario debería devolver la parte de las cotizaciones que no ha pagado por acogerse a la medida.
La norma que aprobará el próximo viernes el Consejo de Ministros precisará que esos 100 euros se aplicarán a todas las empresas, independientemente de su tamaño. Asimismo, previsiblemente la ley exigirá –como lo hace habitualmente en este tipo de ayudas– que la compañía esté al corriente de pago en sus cotizaciones a la Seguridad Social; y no habrá podido realizar despidos colectivos ni despidos individuales que sean declarados improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los nuevos contratos.
A efectos prácticos, el ejemplo que puso Rajoy durante su discurso es que en un sueldo bruto de 20.000 euros al año, el empresario debería abonar por la cotización por contingencias comunes 5.700 euros anuales y con la tarifa plana solo tendrá que pagar 1.700 euros al año durante dos ejercicios, con lo que se ahorrará 4.500 euros anuales o 9.000 euros en los dos años que dure la ayuda. De esta forma, la medida anunciada supondrá una rebaja del 75% de las cotizaciones que paga el empresario.
La regulación no afecta a la aportación del trabajador ni a la aportación empresarial por el resto de contingencias (desempleo, FOGASA y Formación Profesional), respecto a las que se aplicarán las reglas ya vigentes de cotización. Tampoco tendrá impacto en la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los nuevos trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de cotización, según aclaró después el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Esta iniciativa se suma a la tarifa plana de 50 euros para todos los nuevos trabajadores autónomos independientemente de su edad, que también aprobó el Gobierno hace unos meses.



Fuente: www.cincodias.com

EL 46% DE LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS REGISTRARÁN SUBIDAS SALARIALES EN 2014
Es uno de los reflejos más fieles y elocuentes de la crisis: la evolución de las rentas familiares y, por tanto, los sueldos. Ayer se conoció que la retribución media en las grandes empresas radicadas en España se estancó en 2013. Subió ligeramente, un 0,5% el pasado mes de diciembre en comparación con el mismo periodo del año pasado, según el estudio Ventas, Empleo y Salarios en las Grandes Empresas elaborado por la Agencia Tributaria.
Sin embargo, la consultora PeopleMatters, espera que esta tendencia mejore este año: esta firma calcula que el 46% de las empresas españolas llevarán a cabo incrementos salariales a lo largo del 2014, un 9% más que en el año anterior.
El incremento medio de los sueldos será del 1,52%, una cifra sensiblemente inferior al 2,58% del año 2013. Además, un 47% de las compañías que congelaron sus salarios durante el curso pasado repetirán la medida durante el 2014, según recogió Ep.

Sectores con crecimiento

El sector de los servicios farmacéuticos y el financiero serán los más beneficiados por las subidas salariales, mientras que en el otro extremo se sitúan la comunicación, la construcción y los servicios. Además, las empresas reducirán los salarios de las nuevas contrataciones en todas las categorías laborales y cada vez serán más las compañías que optarán por ofrecer una retribución variable a sus trabajadores, según el citado estudio.

Fuente: www.abc.es
LOS CONTRATOS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES SUBEN UN 21,2% EN UN AÑO

Los contratos indefinidos de apoyo a los emprendedores, creados en la reforma laboral de febrero de 2012, sumaron 7.408 en el mes de enero, un 21,2% más que en igual mes del año anterior y un 31% más en valores mensuales, según datos del Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE).
En total, en los 24 meses en los que lleva en vigor esta norma, se han efectuado 163.389 contratos de apoyo a los emprendedores. El contrato de apoyo a los emprendedores, que tiene un periodo de prueba de un año, se creó para impulsar la contratación, especialmente de jóvenes, en empresas de menos de 50 trabajadores.
Las empresas que se acogen a estos contratos tienen derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contraten a su primer trabajador, siempre que sea menor de 30 años.
Además, los emprendedores que contraten a un trabajador en paro bajo esta modalidad pueden deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año. Por su parte, el trabajador podrá voluntariamente percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante el mismo periodo.
Asimismo, las empresas pueden disfrutar de bonificaciones de hasta 3.600 euros en los tres primeros años si efectúan este contrato con jóvenes de entre 16 y 30 años, y de hasta 4.500 euros si contratan a mayores de 45 años.

SEIS DE CADA DIEZ PARA JÓVENES Y MAYORES DE 45.

Analizando los datos de enero de este año se observa que de los 7.408 contratos de apoyo emprendedores registrados este mes, algo más de seis de cada diez (62,7%) se hacen con jóvenes de hasta 30 años y con mayores de 45 años.

En concreto, en enero se efectuaron 2.307 contratos de apoyo a emprendedores a jóvenes menores de 30 años, el equivalente al 31,1% del total de contratos de esta modalidad, en tanto que los realizados a mayores de 45 años sumaron 2.342, el 31,6% del total.
Por sectores, el comercio y la hostelería son los que hicieron más contratos de este tipo en enero, con 1.940 y 1.199 contratos, respectivamente.
Los hombres concentraron 4.564 contratos de apoyo a emprendedores en el primer mes de 2014, mientras que a las mujeres se les efectuaron 2.844 contratos de esta modalidad.
Por comunidades, Madrid y Cataluña fueron las que más contratos de apoyo a emprendedores suscribieron en enero, con 2.079 y 1.710 contratos, respectivamente.


Fuente: http://www.europapress.es/

Los salarios han bajado un 10% de media con la reforma laboral

Los salarios se han reducido un 10 % de media desde el inicio de la reforma laboral hace ahora dos años, según los resultados del tercer Observatorio de Seguimiento de esta reforma, presentado hoy y procedentes de 200 encuestas a otras tantas empresas, en su mayoría con más de 50 empleados.
El tercer Observatorio, puesto en marcha por el Club de Excelencia en Sostenibilidad, la Fundación Sagardoy y Adecco, también ha estimado en 26 días la media de indemnizaciones por despidos colectivos procedentes.
Según ha expuesto, en rueda de prensa, el director de Relaciones Laborales de la Fundación Sagardoy, Jesús Mercader, "estos datos demuestran que las indemnizaciones abonadas se están reduciendo en línea con los objetivos de la reforma laboral si bien siguen siendo superiores a los 20 días previstos para el despido procedente".
Por su parte, el responsable del Club de Excelencia Juan Alfaro y el secretario general de Adecco, Santiago Soler, han señalado que aunque la reforma "va bien" y las grandes empresas han hecho sus ajustes, "hay que seguir trabajando y seguir haciendo retoques".
El Observatorio también ha puesto de manifiesto un ligero aumento de las contrataciones a tiempo parcial y del contrato de formación y aprendizaje, especialmente en las firmas de mayor tamaño. Así las compañías con más de 50 empleados han duplicado esta última modalidad de contrato, pasando del 8,1 % al 16,6 %.
Mercader ha explicado que el Observatorio ha evidenciado "una reducción en el número de empresas que no han realizado ningún ajuste en su plantilla o en las condiciones de trabajo" y ha precisado que se ha pasado del 28 % al 23,8 %.
Respecto a la media de indemnizaciones que se sitúa en 26 días, Mercader ha explicitado que sólo en el 10,6 % de los casos se ha abonado la indemnización legal de 20 días.
Este experto en Relaciones Laborales ha avanzado que el barómetro evidencia un mayor recurso a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y, de hecho, la mitad de las compañías encuestadas han contratado o piensan hacerlo a través de las ETT.
Mercader ha subrayado que los resultados demuestran que las empresas que han necesitado despedir por razones objetivas han acompañado estas medidas de otras de flexibilidad interna, como la movilidad funcional o el tiempo de trabajo.
De las empresas encuestadas, casi un tercio ha reducido la jornada por debajo del 15 % de las horas totales, atendiendo al artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Además, ha informado de que, según este barómetro, los despidos colectivos "siguen siendo notablemente menos frecuentes que los despidos de carácter individual, representando sólo el 24 % del total".
El Observatorio ha corroborado que los despidos siguen respondiendo, en su mayoría, a razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Así, el 77 % de las empresas que despiden por razones objetivas utilizan otras medidas de ajuste y el 34 % combina acciones de flexibilidad externa e interna, mientras que un 35 % recurre a medidas que no afectan a la cantidad de trabajo.
En la rueda de prensa, el secretario general de Adecco ha hecho hincapié en que "los grandes bloques de la reforma se van cumpliendo" y ha destacado, por ejemplo, "el capítulo de la flexibilidad y la moderación salarial".
Soler ha puesto de relieve que "los ajustes fuertes ya se han hecho y la reforma cumple, en general, sus objetivos" si bien ha admitido que las reformas laborales no generan empleo "y sí suponen palancas que ayudan a dinamizar los cambios fruto de cómo va la evolución de la economía".
En este contexto, Soler ha reiterado que "una reforma única y exclusiva no ayudará a solucionar el problema" y ha abogado por "retoques continuos y un futuro de reformas más gordas".

Soler ha puesto el foco sobre las políticas de empleo y ha apelado a "redefinir" el sistema, dinamizar el empleo joven y abrir una reflexión sobre el sistema de formación, "que dista mucho de lo que las empresas necesitan".



Fuente: http://www.lavanguardia.com