El Supremo anula parcialmente una ERE que la empresa extendió al personal de huelga
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha anulado parcialmente el ERE de extinción presentado por la empresa Celsa Atlantic (Laminaciones Arregui) al considerar que amplió el número de despidos a la totalidad de la plantilla tras declarar ésta la convocatoria de una huelga indefinida.
La empresa inició en abril de 2012, una vez aprobada la reforma laboral, un ERE extintivo para 91 trabajadores. El 3 de mayo, el comité intercentros declaraba huelga indefinida a partir del 8 de mayo. Al día siguiente de iniciarse la huelga, la empresa comunicaba la apertura de un periodo de consultas para el despido de todos los trabajadores de sus centros de Vitoria y Urbina, 358 en total.

Relación entre huelga y despidos

Al concluir sin acuerdo dicho periodo de consultas, la dirección de la empresa informó el 18 de junio de 2012 a la autoridad laboral del cierre definitivo de ambos centros de trabajo, según un calendario que finalizaría en diciembre de ese año.
El sindicato ELA y el Comité Intercentros impugnaron el ERE ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) por vulneración de los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical. El TSJPV, con fecha 9 de octubre de 2012, falló en contra de la empresa y declaró nulo el despido de toda la plantilla.
La empresa presentó entonces un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que ahora le ha dado parcialmente la razón. Por un lado, el Alto Tribunal declara la legalidad de los 91 despidos anunciados inicialmente por la empresa, pero juzga nulos el resto al entender que la decisión de la empresa de elevar los despidos está relacionada directamente con la convocatoria de huelga.

Fuente: www.eleconomista.es

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