Reforma Laboral es una necesidad, no un capricho del PAN - Asesoría Laboral Barcelona

Asesoría Laboral Barcelona : Sección Noticias : Ciudad Victoria, Tamaulipas.-Asegurando que no hay razones de peso para que los priistas e incluso otros sectores de la sociedad pugnen por echar abajo la reforma laboral que está en la mesa de las discusiones, la Senadora Lázara Nelly González Aguilar, pugna porque no se dejen llevar por las apreciaciones mal fundadas, ya que la citada reforma es una necesidad social y no un capricho del PAN.

"Tenemos en la mesa de trabajo varias reformas que son vitales para el bienestar de las mujeres, en este caso de las trabajadoras, en lo cual se buscan medidas protectoras, como por ejemplo el tiempo que se da antes y después de que ellas dan a luz, ahorita la ley marca que sean seis semanas antes y seis semanas después del parto, ahorita la propuesta formal que se ha hecho es que ella decida la disposición del tiempo de la incapacidad".

Agrega al ser entrevistada vía telefónica que la Reforma Laboral que siga en la agenda nacional es una necesidad social que viene a beneficias a los trabajadores más vulnerables.

En este marco y en lo que refiere diez puntos que, entre otros, beneficiarán a las mujeres trabajadoras, de aprobarse la Reforma Laboral.

1. Prohíbe la práctica patronal discriminatoria de exigir a las trabajadoras certificados médicos de ingravidez para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, así como despedir trabajadoras por estar embarazadas, por cambio de estado civil o por tener a su cuidado hijos menores.

2. Establece la posibilidad de que la trabajadora transfiera hasta cuatro de las seis semanas de descanso anteriores al parto para después del mismo, previa autorización médica, a fin de que pueda permanecer más tiempo al lado del recién nacido.

3. Permite, a elección de la trabajadora, que los reposos por lactancia, consistentes en dos medias horas cada uno, se integren de manera que se reduzca una hora la jornada de trabajo durante los seis meses siguientes al nacimiento, lo que permitirá a las madres trabajadoras gozar efectivamente de este derecho.

4. Facilita el acceso de las mujeres a empleos formales, a través de las nuevas modalidades de contratación (de capacitación inicial, de prueba y de temporada, incluido el trabajo por hora), que permitirán compaginar su actividad laboral con los requerimientos familiares.

5. Favorece que la mujer se incorpore a la actividad laboral, al reconocer como modalidad del trabajo a domicilio, el que se realiza utilizando las tecnologías de la información y la comunicación (teletrabajo), lo que contribuirá a que su desempeño profesional sea compatible con sus requerimientos familiares.

6. Asegura, en caso de una contingencia sanitaria, que las mujeres en periodos de gestación o de lactancia no acudan a laborar, sin que sufran perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.

8. Sanciona el acoso y el hostigamiento sexual, para fortalecer el respeto debido en las relaciones de trabajo y un mejor clima laboral.

9. Precisa que las trabajadoras domésticas tengan un descanso mínimo diario nocturno de nueve horas consecutivas, así como un descanso mínimo de tres horas distribuidas entre las actividades matutinas y vespertinas, con la posibilidad de convenir y ampliar los descansos semanales.

10. Establece la posibilidad de que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo intervenga en la asesoría y patrocinio de las mujeres beneficiarias de trabajadores fallecidos.

Fuente: Enlineadirecta.info

Editado por: Asesoría Laboral Barcelona

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